En maratónica sesión y sin trámite legislativo, los senadores aprueban minuta de reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo, también llamado home office.
Al igual que con la Ley del Seguro Social y la Ley de los Sistema de Ahorro para el Retiro en materia de pensiones, a la minuta de teletrabajo le dispensaron todos los trámites y de inmediato fue avalada por 91 votos a favor y enviada al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El dictamen obliga a los patrones a que paguen a los empleados que laboran desde casa una parte proporcional de la energía eléctrica y el internet.
El propósito es regular la modalidad del trabajo desde casa o “home office”, con las cuales, se estipula que los costos derivados de esta modalidad de empleo, incluirán el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.
El cambio de la modalidad de este trabajo será voluntario y establecido por escrito y señala que el pago al empleado no será menor al que se da por desempeñar sus actividades en oficina.
En esta modalidad de empleo, los patrones tendrán la obligación de proporcionar equipo de cómputo, sillas ergonómicas e impresoras, entre otros, así como encargarse del mantenimiento e instalación de los equipos necesarios para el trabajo.
En maratónica sesión y sin trámite legislativo, los senadores aprueban minuta de reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo, también llamado home office.
Al igual que con la Ley del Seguro Social y la Ley de los Sistema de Ahorro para el Retiro en materia de pensiones, a la minuta de teletrabajo le dispensaron todos los trámites y de inmediato fue avalada por 91 votos a favor y enviada al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El dictamen obliga a los patrones a que paguen a los empleados que laboran desde casa una parte proporcional de la energía eléctrica y el internet.
El propósito es regular la modalidad del trabajo desde casa o “home office”, con las cuales, se estipula que los costos derivados de esta modalidad de empleo, incluirán el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.
El cambio de la modalidad de este trabajo será voluntario y establecido por escrito y señala que el pago al empleado no será menor al que se da por desempeñar sus actividades en oficina.
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