CFE: Requisitos para realizar un contrato de Servicios Fotovoltaicos


Ahora puedes instalar en tu domicilio o negocio, tu propia Central Eléctrica de Generación Distribuida y Generación Limpia Distribuida menor a 0.5 MW y realizar un contrato de interconexión con CFE Suministrador de Servicios Básicos.

Esto derivado de diversas disposiciones establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (PRONASE) 2014 2018, en la Ley de Transición Energética, su Reglamento, Disposiciones Administrativas de Carácter General en materia de Generación Distribuida así como en el Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018.

Es importante mencionar que al hacerlo, además de ahorrar en tu gasto por concepto de consumo de energía, contribuirás en la utilización de tecnologías limpias para la generación de energía eléctrica, en el aprovechamiento de fuentes renovables de energía y por ende, en la conservación del medio ambiente.

Así puedes hacer un contrato de Servicios Fotovoltaicos en CFE

Los requisitos para realizar un contrato de interconexión de una central eléctrica con capacidad menor a 0.5 MW se definen en las Disposiciones Administrativas de Carácter General para los modelos de contrato, la metodología del cálculo de contraprestación y las especificaciones técnicas generales, aplicables a las centrales de generación distribuida y generación limpia distribuida. RES/142/2017 publicada el 7 de marzo de 2017 en el Diario Oficial de la Federación, siendo los siguientes:

  1. Solicitud de Interconexión.
  2. Croquis de la ubicación geográfica de la Central Eléctrica y coordenadas Geográficas.
  3. Diagrama unifilar de la Central Eléctrica y, en su caso, Centros de Carga que compartirán el mismo punto de Interconexión/Conexión.
  4. Ficha técnica de generación utilizada (tecnología del generador).
  5. Ficha técnica y certificado del inversor de corriente o sistema de adecuación de corriente (si es el caso).
  6. En su caso, copia del último recibo, sin adeudos

La Verdad Noticias informa que se cuenta con 3 modelos de contratos de contraprestación de la energía entregada a las Redes Generales de Distribución:

Medición Neta de Energía (Net Metering)

El cliente consume y genera energía en un mismo contrato de suministro. Esta energía se compensa entre sí y se emite una única facturación.

Facturación Neta (Net Billing)

La energía consumida que  factura al cliente es independiente de la energía que el cliente genera y vende a CFE; es decir, no se compensa. Se debe de asociar a un contrato de suministro.

Venta total de Energía

El cliente vende a CFE toda la energía generada. No existe un contrato de suministro del cliente con CFE.

CFE: Requisitos para realizar un contrato de Servicios Fotovoltaicos.

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Ciudadano por México

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