Turismo

Semana Santa, ¿santo descanso? Ellos son los ‘ganones’ en días de vacaciones

La también llamada “semana mayor” de la religión católica inicia este domingo. Con ello, algunos sectores de la población tendrán algunos días de asueto… pero otros no. Te mostramos el comparativo.

dom 14 abril 2019 07:00 AM

Rumbo al descanso. Previo al arranque de la Semana Santa, autoridades lanzaron operativos de seguridad en carreteras y centros turísticos, y estos últimos se prepararon para recibir a miles de visitantes. (ADNPolítico)

Redacción

CIUDAD DE MÉXICO (ADNPolítico).- Legisladores, ministros, maestros, empleados del sector público o del sector privado… ¿Quiénes son los afortunados de disfrutar de más días de vacaciones en Semana Santa?

Aunque son fechas ligadas a una festividad religiosa, la resurrección de Cristo, en México es también la oportunidad para que algunos trabajadores gocen de un momento de descanso.

El periodo cambia cada año, pues la celebración empieza el primer domingo que sigue a la primera luna llena de primavera. En 2019, abarca del 14 al 20 de abril, por lo que el jueves 18, el viernes 19 y el sábado 20 serán los “días santos”, y el domingo 21 será la fiesta de la Pascua.

Dentro de este terreno, los maestros son los ‘campeones’, debido a que el calendario oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP) establece dos semanas de vacaciones en este periodo: la Semana Santa y la semana de Pascua. Los empleados del sector privado oficialmente no tienen derecho a estos descansos, sino que otorgarlos queda a decisión de cada empresa, mientras que los diputados, senadores y ministros tienen la posibilidad de decidir si trabajan estos días o no.

Aquí te decimos de cuántos días goza cada sector.

Los maestros, los ‘campeones’

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Con 14 días de vacaciones, los maestros se coronan como el sector con más días de descanso en Semana Santa. El calendario oficial de la SEP publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) establece que los docentes y estudiantes de nivel básico tendrán dos semana de vacaciones, las cuales empiezan el 15 de abril y terminan el domingo 28, para regresar a clases el lunes 29 de abril.

Los ministros se quitan la toga unos días

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Los ministros y trabajadores de la Corte se colocan en el segundo lugar al gozar de 12 días de descanso, los cuales empezaron este 12 de abril. Este sector regresará a sus labores el miércoles 24.

El calendario de días inhábiles de la Corte señala como no laborables el 18 y 19 de abril; sin embargo, en su programación de sesiones, la próxima está programada hasta el 24 .

Los legisladores se aprueban ‘megapuente’

En el caso de los diputados y senadores, aprobaron el 9 de abril dejar de sesionar del viernes 12 hasta el martes 23, con lo que se colocan en el tercer lugar con 11 días de vacaciones en Semana Santa.

En un acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de San Lázaro se aprobó modificar el calendario de sesiones del segundo periodo ordinario del primer año de ejercicio de la 64 Legislatura, para que la Cámara baja suspenda sus sesiones del lunes 15 al viernes 19.

En el caso del Senado, se autorizó en votación económica la suspensión de sesiones del viernes 12 al miércoles 17, pero la siguiente plenaria está prevista hasta el 23.

Los burócratas, con ‘fin de semana santo’

En el caso de los trabajadores del sector público, que se rigen por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado , gozarán en su mayoría de jueves y viernes santo para descansar. Es decir, sumando los sábados y domingos, serán cuatro días.

De acuerdo con el artículo 29 de la legislación, “serán días de descanso obligatorio los que señale el calendario oficial y el que determinen las Leyes Federales y Locales Electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral”.

En este caso, cada dependencia publica su calendario oficial en el DOF. Por ejemplo, la Secretaría del Trabajo establece el jueves y viernes como obligatorios, así también la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción (SESNA) y la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), entre otros.

Los ‘godínez’ y el ‘regalito santo’

Para quienes trabajan en el sector privado, no están estipulados estos días para descansar oficialmente, lo que coloca a este sector al fondo de la tabla.

La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 74, señala que son días de descanso obligatorio:

I. El 1 de enero.
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
IV. El 1 de mayo.
V. El 16 de septiembre.
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
VII. El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo federal.
VIII. El 25 de diciembre.
IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Por ello, solo los empleados de empresas dispuestas a dar este ‘regalo’ a su plantilla dispondrán de unos días más.

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