Turismo

Paso a paso para reclamar la equiparación salarial a suplentes – Secretario Mike

En vista de las reiteradas consultas por los reclamos de los agentes suplentes que no recibieron la equiparación salarial anunciada para el 17 de enero y en base a lo publicado por la DGE para efectuar los reclamos, se comparte el paso a paso.

¿A quiénes corresponde cobrar la equiparación?

Si nos basamos en el acta paritaria y la Ley 9208, solo se menciona que se verían beneficiados del pago en los mismos términos que un titular, los agentes reemplazantes por los artículos 48, 61 y 62 de la ley 5811 como así también los cargos u horas vacantes y los celadores refuerzo, pero mas allá de eso no se detalló ninguna letra chica de su aplicación, sin embargo luego de compararse los reiterados reclamos se evidencia un denominador común: los suplentes que en GEM no tienen vinculado una asignatura, curso y división, se vieron excluido del pago, tal es el caso de los docentes del Servicio de Orientación (Coordinadores pedagógicos, asesores, orientadores), los Coordinadores de Área, Administradores de redes y funciones análogas.

La realidad es que tales servicios están afectados a varios cursos y divisiones y en algunos casos a la totalidad de la escuela, a esto hay que sumar obviamente los casos en que el agente no haya tenido bien cargada su situación de revista en el GEM, tarea que debe realizar la escuela previamente.

Sin embargo desde la DGE no ha habido una respuesta oficial sobre si los casos mencionados serán contemplados, pero si habilitó una opción de reclamos para todos los suplentes permitiendo que se gestione el mismo por parte del docente o celador y una vez realizado el trámite quedará sujeto a revisión de la Subsecretaría de Administración.

La primera instancia de reclamo será hasta el día 24/01/2020, si la Subsecretaría de Administración determina que hubo error administrativo, se procederá realizar el pago por planilla suplementaria.

1- RECLAMO VÍA GEMPAD

Los docentes y celadores podrán realizar el reclamo de Equiparación Salarial desde el botón “Reclamos Equiparación Salarial Reemplazantes” disponible el módulo “Docentes” en GEM PAD.

A esta altura los docentes ya poseen usuario de acceso a gempad, sin embargo si algún docente o celador no posee cuenta de gem, se sugiere visitar el siguiente link de este blog para conocer los pasos de creación de cuenta. LINK

Mas allá de que el agente poseea cuenta de GEM debe ser un docente activo y estar vinculado a su escuela de trabajo para poder tener el rol “pad”.

Llegado a este punto entonces del docente o celador debe ingresar a su cuenta PAD y le va a aparecer el botón “Reclamos Equiparación Salarial Reemplazantes”, una vez que haga clik, aparecerá el listado de horas o cargos y tendrá la opción de ingresar a cada uno de ellos y los casos habilitados iniciar el reclamo correspondiente.

El sistema solicitará que cargue los datos necesarios para dar curso al reclamo, tales como el motivo de la suplencia y deberá elegirse entre la opciones contempladas por la ley 9208, a saber: arts.48,61,62 y vacante.

Luego se concluye con otros datos necesarios y se deberá guardar lo cargado.

2- VALIDACIÓN DE RECLAMOS GENERADOS POR DOCENTES Y CELADORES

EL reclamo generado por el docente o celador, deberá ser validado por la escuela implicada,desde el módulo “Reclamo Equiparación Salarial Reemplazantes” disponible en el Escritorio del Rol Escuela. Es decir que el Director o quien posee el rol escuela deberá validar la información suministrada por el agente que reclama la equiparación.

Desde este módulo también será posible efectuar el reclamo por el docente quedando el mismo verificado al realizarse por la Escuela.

En síntesis más allá de que las escuelas estén en receso de verano, siempre el personal directivo efectúa guardia pasiva en las escuelas y la gestión de validación se puede hacer de manera remota sin necesidad de realizar asistencia presencial en el establecimiento educativo, todo se valida vía GEM.

Es importante que el personal directivo o asignado para las validaciones lo realice hasta el 24 de enero, ya que esa es la fecha limite para la primera instancia de reclamo y mediante esos datos se procederá a efectuar la planilla de pago suplementaria.

Respecto al incentivo docente, la DGE aclaró que no se encuentra incluido en la suplementaria, abonándose dentro de la liquidación mensual respectiva de fines de Enero de 2.020.

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