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Justicia platense habilita notificar una demanda por alimentos vía Whatsapp – Impulsobaires

La medida la adoptó la Sala I de la Cámara Civil y Comercial de La Plata que revocó el fallo de primera instancia que había rechazado que se notifique la demanda por esa vía, según la resolución a la que tuvo acceso Télam.

Los camaristas consideraron que si bien el Código de Procedimiento establece que la notificación del traslado de la demanda debe ser practicada en el domicilio físico (constituido o real) y en formato papel, la Corte autorizó en varias resoluciones la utilización de herramientas digitales para no afectar el servicio de justicia durante la pandemia.

Tuvieron en cuenta además que se trata de “un reclamo alimentario, cuya naturaleza eminentemente asistencial y primaria impone avanzar rápidamente hacia la integración de la litis ya que se encuentra involucrado el derecho de un menor de corta edad”.

“No se advierte impedimento para acceder a la pretensión del recurrente y procurar la pronta notificación de la demanda mediante el sistema de mensajería electrónico WhatsApp, de amplia y conocida difusión social”, consignaron.

Por ello, habilitó que la notificación de la demanda se realice mediante el sistema electrónico WhatsApp al número de celular denunciado por la actora.

En el fallo, propusieron que el secretario del juzgado utilice preferentemente la telefonía celular oficial que proporciona la Suprema Corte de Justicia, en la medida que el juzgado cuente con ella.

Además estableció que deberá confeccionar un archivo PDF con las constancias digitalizadas de la demanda, documentación acompañada y la presente resolución, que deberá extraerse del sistema informático.

También que deberá comunicarse telefónicamente con el número de teléfono indicado, presentándose como funcionario del organismo actuante y explicando el cometido de dicho llamado.

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