Política y gobierno

Los informes de AMLO en 2019 tuvieron carácter de propaganda gubernamental: TEPJF

México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia de la Sala Regional Especializada sobre que los informes dados a conocer por el presidente Andrés Manuel López Obrador en el 2019 tuvieron carácter de propaganda electoral y no como un ejercicio de rendición de cuentas, por lo que resolvieron que estos sí constituyeron publicidad electoral.

Lo anterior como respuesta a las impugnaciones del PRI y el PAN, quienes acusaron que para los eventos del jefe del Ejecutivo se hizo uso indebido de los recursos públicos, así como la incorrecta adquisición de espacios en radios y televisión.

En sesión pública virtual no presencial, los magistrados que integran a la Sala Superior dieron orden a la Sala Regional para que esta dicte un nueva sentencia y estudie si el informe de los primeros 100 días de gobierno del titular del Poder Ejecutivo Federal y el efectuado el 1 de julio, nombrado como el “AMLOFEST“, llevados a cabo en el 2019, constituyen una trasgresión electoral o no.

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Durante la sesión se indicó que quedará en manos de la Sala Regional averiguar si fueron lícitos los informes del mandatario federal. Aunado a ello, tendrá que analizar si existe o no infracción electoral, así como si estos actos afectaron los artículos 41 y 134 constitucionales.

De acuerdo con la impugnaciones presentadas por el PRI y el PAN, en ambos eventos se hizo uso indebido de los recursos públicos, se violentaron las normas de los informes de labores y el modelo de comunicación política, así como el principio de imparcialidad. Eso en cuanto al informe de los 100 días de administración federal, realizado el 11 de marzo de 2019.

En cuanto al primer informe de labores celebrado el 1 de julio de 2019 en el Zócalo de la Ciudad de México y el informe de labores del 1 de septiembre en Palacio Nacional, se denunció que en estos se incluyeron mensajes alusivos a este en bardas y del mismo modo, fue promovido por el diputado de la CDMX, Carlos Castillo Pérez, el cual convocó a los ciudadanos mediante mantas y lonas.

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Los magistrados determinaron que tanto el informe de los 100 días, como el realizado el 1 de julio efectivamente son propaganda electoral por parte del presidente López Obrador.

Debido a ello, el TEPJF decidió anular la sentencia de la Sala Regional Especializada sobre este particular, a la vez que le ordenó dictar una nueva resolución al respecto, en la cual tendrá que analizar si tales eventos, de acuerdo con el modelo de comunicación política y la Ley General de Comunicación Social, constituyen un incumplimiento electoral.

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