Chiapas

Ordena Tribunal Electoral retirar “mañaneras” en las que AMLO llama a votar por la 4T

CDMX.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Presidencia de la República que retire de sus cuentas oficiales los videos o fragmentos de conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador.

En concreto, piden que se eliminen las versiones de las mañaneras de los días 9 y 11 de mayo en las que el titular del Ejecutivo federal, hace un llamado para votar por la Cuarta Transformación.

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El TEPJF pidió al mandatario federal abstenerse en lo sucesivo de llamar a votar o referirse a temas electorales en sus conferencias de prensa matutinas, ya que esto podría afectar la equidad en los actuales procesos que se celebran en Coahuila y el Estado de México.

Los magistrados, por mayoría de votos, avalaron el proyecto de la ministra Janine Otálora Malassis, en el sentido de revocar la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) en cuanto al tema de medidas cautelares contra el presidente.

Fueron los partidos Acción Nacional, el de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano quienes señalaron que las expresiones del Ejecutivo Federal pueden afectar la neutralidad e imparcialidad de los comicios.

El Tribunal Electoral otorgó al Gobierno de México un plazo de 24 horas, después de su notificación, para cumplir con el ordenamiento de retirar el material audiovisual de las plataformas.

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“En ese tenor y de un análisis preliminar bajo la apariencia del buen derecho, es posible advertir que los hechos denunciados pudieran ser contrarios a las disposiciones constitucionales, en razón de que aparentemente se está solicitando votar por determinados institutos políticos”, señala el documento.

“Se apercibe al titular del Ejecutivo Federal que, en caso de incumplimiento de las medidas cautelares confirmadas en esta ejecutoria, la Comisión de Quejas podrá, de manera directa y sin trámite alguno, ordenar a cualquier concesionaria pública o privada el cese de cualquier transmisión o difusión de programas, spots o materiales de video o audio violatorios de las medidas cautelares referidas (…) El INE queda facultado para tomar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo ordenado por esta determinación”, añade la resolución.

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