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TEPJF prohíbe a AMLO difundir logros en ‘mañaneras’ durante campañas

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que en las conferencias de prensa del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y de cualquier otro servidor público, no se deberán difundir logros de gobierno, datos o estadísticas de actividades o programas gubernamentales e información que tenga el fin de generar una imagen positiva ante la ciudadanía durante las campañas electorales.

Por lo anterior, los gobiernos de cualquier nivel y sus funcionarios tienen únicamente permitido emitir información de carácter institucional; se tendrán que abstener de incluir frases, imágenes, voces o símbolos considerados propaganda política o electoral.

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TEPJF pone límite a AMLO

Asimismo, el TEPJF indicó que no podrán dar entrevistas, conferencias de prensa, en ninguna entidad federativa, por estar el proceso electoral en curso.

Sin embargo, salvo que se trate de las excepciones constitucionales de propaganda gubernamental como son servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia, entre otros, sí podrán hacer difusión.

El proyecto de sentencia -que resuelve la impugnación a una resolución de la Sala Regional Especializada en contra de concesionarias públicas por haber transmitido de manera íntegra conferencias matutinas del presidente en periodos prohibidos- fue presentado en sesión pública virtual por el magistrado Felipe Fuentes Barrera y aprobado por unanimidad de los siete magistrados de la Sala Superior del TEPJF.

De manera particular, el magistrado presidente José Luis Vargas y la magistrada Mónica Soto emitieron votos concurrentes en lo relacionado con los criterios relacionados a los servidores públicos, pues consider�� que las actuaciones de éstos deberán analizarse caso por caso, en cuanto ocurran las supuestas infracciones.

La sentencia establece un decálogo de acciones permitidas y prohibidas tanto para los medios de comunicación, a los que se les prohíbe difundir propaganda gubernamental y para ello, le fija la responsabilidad de analizar el contenido de los mensajes de los actores gubernamentales, como para los servidores públicos, a los que se les prohíbe emitir propaganda gubernamental o promoción personalizada en los mensajes de las conferencias de prensa a las que convoquen durante periodos de campañas electorales o en el día de los comicios.

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