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El pasado 31 de octubre, el Consejo Nacional Electoral sacudió el panorama político, eliminando del padrón a 46 movimientos y organizaciones, así como al partido del empresario Álvaro Noboa, Adelante Ecuador Adelante, por no cumplir con los requisitos legales para participar en los comicios.

La resolución, tomada por el pleno del CNE, alegaba que estas organizaciones no habían alcanzado el 4 % de votos, no contaban con al menos tres asambleístas electos, ni 8 % de alcaldías o 10 % de concejales a nivel nacional.

Sin embargo, en un giro inesperado, el viernes de noche, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) dejó sin efecto la controversial medida.

Según la sentencia, publicada en el sitio web de la institución, el pleno del TCE encontró que se habían vulnerado los derechos de al menos dos de las organizaciones eliminadas y solicitó al pleno del CNE revisar nuevamente la situación de cada uno de los movimientos afectados antes de que pudieran ser removidos.

“El Movimiento Renacer Peninsular y el Movimiento Emergente Transparencia y Acción no participaron en las elecciones de 2017, y aun así el CNE le asignó una calificación de cero votos en cada una de las categorías. Con este antecedente fueron eliminados del registro”, analiza el documento.

En este caso, el pleno explicó que “no presentar candidatos en un proceso electoral no es una de las causales para la eliminación contempladas en el Código de la Democracia”, por lo que ninguno de los dos movimientos puede ser sancionado con esta medida.

La sentencia agrega otras puntualizaciones a la manera en que se hizo el análisis para remover a las organizaciones afectadas, indicando que no todos los antecedentes utilizados por el CNE concordaban con lo establecido en la ley.

El Contencioso Electoral solicitó a la institución revisar de manera individual los casos de las organizaciones eliminadas para evitar errores. (Expreso)

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